La ratio legis del delito de impago de prestaciones acordadas judicialmente se encuentra en razones de política criminal de protección, de asistencia a la familia, según se dispone en el art. 39. 3 de la Constitución Española. Se trata de proteger a los miembros más débiles que la conforman frente al incumplimiento de los deberes asistenciales del obligado a prestarlos según lo estipulado en una resolución judicial o convenio aprobado por un juez.
Se trata de un delito de simple actividad ya que no exige un resultado....
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